Nueva Fecha para la Administración Electrónica: 20 de octubre de 2020

Se aprueba el retraso de dos años para que la Administración pueda responder de manera electrónica a la ciudadanía.

Según se recoge del Consejo de Ministros del pasado 31 de agosto, la Administración, pese a realizar un importante esfuerzo, no está adaptada a las exigencias de la Administración Electrónica -ni técnica ni jurídicamente-.

 

Accede al Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-12131
«Disposición final séptima. Entrada en vigor.
Modificación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente Ley entrará en vigor al año de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”. -publicada el 4 de septiembre-.
No obstante, las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del día 2 de octubre de 2020.»
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